Fuente: agrodigital
La Comisión Europea ha aprobado el Marco Nacional de Desarrollo Rural vigente hasta 2020. Además ha aprobado otros 17 PDR, de Bélgica (Flandes), Estonia, Finland (Åland), Francia (Marco nacional y PDR de Mayotte), Alemania (Bavaria, Hesse, Mecklenburg-Vorpommern, Nordrhein-Westfalen), Letonia, Lituania, Holanda, Portugal (Azores, Madeira), Eslovakia, Eslovenia y Reino Unido.
Estos 18 programas suponen 14.300 millones de euros. Junto con los 9 programas aprobados en diciembre, ya son 27 los programas aprobados de un total de 118, por lo que ya ha sido aprobado un 36% del presupuesto (35.000 millones de euros).
El Marco Nacional de Desarrollo Rural de España para el periodo 2014 – 2020 es el primer documento de programación, consensuado con las Comunidades Autónomas, necesario para la aplicación armonizada de la programación de Desarrollo Rural para el horizonte 2020 en España.
Contiene elementos comunes para diversas materias. Entre ellas: los servicios de asesoramiento, gestión y sustitución de explotaciones agraria; agroambiente y clima; agricultura ecológica; zonas con limitaciones naturales y otras limitaciones específicas.; medias forestales; inversiones de mejora de las explotaciones agrarias; infraestructuras públicas de regadío; transformación y comercialización de productos agrarios; instalación de jóvenes agricultores, innovación y estrategia LEADER.
Además el Marco incluye otros aspectos como:
· Cuadro financiero resumen de la contribución anualizada del FEADER a los programas de desarrollo rural en España.
· Mecanismo de transferencia de fondos entre programas, para aplicar en el caso de que exista riesgo de descompromiso.
· Condiciones comunes a varias medidas, entre otras: la línea de base, exclusión de la doble financiación, agricultor activo, operaciones que afecten a dos o más CCAA, etc.
· Delimitación entre las medidas del programa nacional y los programas de las comunidades autónomas.
· Instrumento financiero plurirregional de adhesión voluntaria.
Por otro lado, para la aplicación eficaz del segundo pilar de la PAC, se contará con un Organismo de Coordinación de las autoridades de gestión, de manera que sea posible coordinar de manera más eficaz las actuaciones de las Administraciones que intervienen en la elaboración y en la ejecución de los programas de Desarrollo Rural, apara asegurar la coherencia y la interlocución con las autoridades comunitarias.