Obtener ayudas destinadas a apoyar las actuaciones de modernización del comercio rural del Principado de Asturias mediante las siguientes actuaciones:
- Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial.
- Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación
Requisitos
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Beneficiarios: personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan consideración de PYMES comerciales rurales, dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
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Que se realicen en establecimientos comerciales ubicados en Asturias, en núcleos de población de menos de 1.000 habitantes.
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La actividad desarrollada en el establecimiento objeto de subvención, debe estar incluida dentro de las agrupaciones correspondientes a las clasificaciones del Impuesto de Actividades Económicas detalladas en las Bases Reguladoras de la subvención
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El establecimiento comercial objeto de la inversión:
- No podrá superar los 200 m2 de superficie de exposición y venta al público en la zona dedicada exclusivamente a la tienda.
- Dispondrá de una zona dedicada exclusivamente a la tienda, separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades, tales como bar, restaurante, etc.
- Dispondrá de horarios muy amplios a lo largo del año.
- Deberá presentar una oferta de productos y servicios realizada con los criterios actualizados del merchandising, incluyendo las acciones de comunicación (publicidad, animaciones y promociones), en el punto de venta.
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El proyecto debe ir destinado a las dos líneas.
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Salvo motivo de exclusión, según la normativa vigente, las personas físicas o jurídicas solicitantes de la subvención deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales (REAC) o haber solicitado la inscripción en dicho registro a fecha de solicitud de la subvención y reunir los requisitos necesarios para la misma.
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El titular de la actividad, o el local comercial en que se desarrolle la misma, debe tener, al menos, tres años de antigüedad en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable desarrollada en el territorio del Principado de Asturias. Dicha antigüedad debe estar comprendida dentro de los últimos diez años anteriores a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la solicitud de subvención y el titular debe continuar dado de alta antes de que finalice dicho plazo.
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Que estén dispuestos a recibir la formación y el asesoramiento personalizado en materia de merchandising, gestión informatizada y atención al cliente con la Cámara de Comercio, Industria y Navegación correspondiente a su jurisdicción y estén dispuestos asumir una parte de la inversión económica presupuestada en su Plan de Mejora debiendo aportar, con la solicitud, una declaración responsable en este sentido debidamente fechada y firmada por el beneficiario solicitante si es persona física o por el representante legal en caso de ser persona jurídica.
Debe aportarse, así mismo, un informe previo de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación correspondiente a su jurisdicción en el que este indique la idoneidad del proyecto como comercio rural, para acceder a esta subvención, así como que el beneficiario de la misma es apto para recibir la formación y asesoramiento personalizado en materia de merchandising, gestión informatizada y atención al cliente.
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El solicitante no podrá estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidas y vencidas
PLAZO DE ACTUACIÓN
Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015