Subvenciones para la Modernización de las Explotaciones Agrarias y la Primera Instalación de Agricultores Jóvenes

El 15 de marzo de 2013. se publica en el BOPA la Resolución de 13 de marzo de 2013, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se convocan subvenciones para la modernización de las explotaciones agrarias y la primera instalación de agricultores jóvenes. Y, el 27 de marzo de 2013, se publica Resolución de Rectificación de errores advertidos en la misma y que puede consultar pulsando aquí.

Recuerda que las Bases reguladoras de estas subvenciones (Resolución de 7 de julio de 2009 y su modificación por Resolución de 22 de junio de 2010) fueron modificadas por la Resolución de 11 de febrero de 2013, cuyo contenido puedes conocer pulsando en el siguiente enlace: https://sede.asturias.es/bopa/2013/02/15/2013-02829.pdf

Existen dos plazos de solicitud:

–          Para el 1er procedimiento de selección: Hasta 25 de marzo de 2013 (10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias). MUY IMPORTANTE!!! Aquí se incorporan las solicitudes de subvención desestimadas por falta de crédito presupuestario en la con­vocatoria anterior.

–          Para el 2º procedimiento de selección: Desde el día 10 de abril de 2013 hasta el día 9 de mayo de 2013.

Beneficiarios:

– La subvención de primera instalación: Persona menor de 40 años que quiere instalarse por primera vez en una explotación agraria bien como persona física con titularidad exclusiva de la explotación, bien como socio de una entidad asociativa, tanto ya existente, como de nueva creación, con el compromiso de ejercer la actividad agraria durante 5 años y mantener el plan de explotación durante los 5 años desde la concesión de la ayuda.

– Los planes de mejora: Los titulares de explotaciones agrarias comprometiéndose a mantener las inversiones y el plan aprobado durante cinco años desde su concesión.

Las personas físicas deben ser agricultores profesionales y las personas jurídicas deben ser titulares de explotaciones agrarias prioritarias.

Inversiones objeto de ayuda: Aquellas que, visto el plan empresarial son necesarias para la instalación, como ganado, fincas, maquinaria, cuota, derechos de producción, acondicionamiento de vivienda…. y para los planes de mejora aquellas destinadas para mejorar el rendimiento global de la explotación agrarias, como construcciones o mejora de inmuebles, nueva maquinaria, equipamiento.

Importe de las ayudas: De hasta 26.000 euros más un 10% en zonas de montaña para la primera instalación y del 50% en zonas de montaña o del 40% en el resto para los planes de mejora.

En los planes de mejora la ayuda se puede incrementar un 10% si el titular de la explotación es menor de cuarenta años.

La inversión auxiliable en los planes de mejora tiene un límite de cien mil euros por UTA con un límite máximo de doscientos mil euros para personas físicas o comunidades de bienes y con un máximo de cuatro (cuatrocientos mil euros) para las entidades asociativas.

En todo caso, el número de planes de mejora por explotación durante un periodo de cinco años se limita a tres, sin que el volumen total de inversión durante el periodo de cinco años supere los límites señalados.

Para más información, y dada la importancia de estas ayudas, te recomendamos contactar con Aseagro (Oficina Luarca 985 470 358 – Oficina Asipo 985 269 079)