El objeto es regular la concesión de ayudas a las medidas fitosanitarias de salvaguarda contra agentes nocivos.
REQUISITOS
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Ser persona física inscrita en el régimen especial agrario de la Seguridad Social o en el régimen de autónomos por su actividad agraria, cuyos cultivos estén afectados por organismos nocivos endémicos o de nueva implantación y que presenten riesgo de propagación.
- Ser persona física o jurídica que, no siendo agricultor, sufra daños provocados por agentes nocivos, endémicos o de nueva implantación, que por su virulencia presenten peligro de propagación en el territorio de la comunidad autónoma.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
- Gastos justificados de arranque y destrucción del material vegetal, ordenados y valorados por la autoridad del Principado de Asturias competente en Sanidad Vegetal.
- Consumo de productos fitosanitarios cuyo uso esté autorizado o recomendado por la autoridad competente en materia de sanidad vegetal en la lucha y control de los agente nocivos para los que se ha solicitado la ayuda.
- Gastos de aplicación, cuando consista en la puesta a punto de nuevas técnicas o nuevos métodos de aplicación o lucha para el control de los agentes nocivos para los que se ha solicitado la ayuda
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde:29/07/2016 Hasta:31/10/2016
En caso de solicitudes para el arranque y destrucción de material vegetal afectado por agentes nocivos de nueva implantación en el Principado de Asturias se admitirán aquellas solicitudes cuyos daños hubieran tenido lugar entre el 1 de noviembre del año anterior y la fecha de publicación de la presente convocatoria.