Subvenciones en materia de sanidad vegetal

El objeto  es regular la concesión de ayudas a las medidas fitosanitarias de salvaguarda contra agentes nocivos.

      REQUISITOS

  1. Ser persona física inscrita en el régimen especial agrario de la Seguridad Social o en el régimen de autónomos por su actividad agraria, cuyos cultivos estén afectados por organismos nocivos endémicos o de nueva implantación y que presenten riesgo de propagación.

  2. Ser persona física o jurídica que, no siendo agricultor, sufra daños provocados por agentes nocivos, endémicos o de nueva implantación, que por su virulencia presenten peligro de propagación en el territorio de la comunidad autónoma.

    CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

    • Gastos justificados de arranque y destrucción del material vegetal, ordenados y valorados por la autoridad del Principado de Asturias competente en Sanidad Vegetal.
    • Consumo de productos fitosanitarios cuyo uso esté autorizado o recomendado por la autoridad competente en materia de sanidad vegetal en la lucha y control de los agente nocivos para los que se ha solicitado la ayuda.
    • Gastos de aplicación, cuando consista en la puesta a punto de nuevas técnicas o nuevos métodos de aplicación o lucha para el control de los agentes nocivos para los que se ha solicitado la ayuda

    PLAZO DE PRESENTACIÓN

    Desde:29/07/2016   Hasta:31/10/2016

     En caso de solicitudes para el arranque y destrucción de material vegetal afectado por agentes nocivos de nueva implantación en el Principado de Asturias se admitirán aquellas solicitudes cuyos daños hubieran tenido lugar entre el 1 de noviembre del año anterior y la fecha de publicación de la presente convocatoria.