Sin cambios el Régimen de Módulos para el sector agrario en 2021 en la declaración de la Renta

Fuente: Agroinformación

De esta manera, la Dirección General de Tributos determina prorrogar los 250.000 euros anuales de volumen de ingresos, atribuibles al Régimen de Módulos; un compromiso que ASAJA consiguió hace cinco años y que ahora se mantiene para uno más. Algo de lo que se podrán beneficiar los agricultores y ganaderos.

En este límite de 250.000 euros (sin contar las subvenciones) deberán computarse todos los ingresos agrícolas del titular de la explotación, del cónyuge, de los descendientes y de los ascendientes. No se incluyen los ingresos obtenidos por las subvenciones corrientes o de capital, ni por las indemnizaciones.

Además, aquellos que en el año 2020 facturen más de 250.000 euros por ingresos (sin incluir los salarios) procedentes de la agricultura, deberán renunciar durante el mes de diciembre al Régimen de Módulos y darse de alta, de forma obligatoria, para los próximos tres ejercicios (2021, 2022 y 2023), en el Régimen de Estimación Directa Simplificada. Este régimen supone la obligatoriedad de llevar libros registro de ventas e ingresos y de compras, gastos y bienes de inversión.

La Orden que desarrolla para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos que se viene aplicando en los últimos años así como los fijados para uva de mesa (0,32), flores y plantas ornamentales (0,32) y tabaco (0,26). También la reducción del 20% a los contribuyentes del término municipal de Lorca que tributen por este método.