El Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias y establece que los colectivos de PYMES y AUTÓNOMOS NO tendrán que presentarlos en ABRIL, como es habitual, sino que extiende el plazo 1 mes hasta el 20 de MAYO para mitigar el impacto económico provocado por la crisis del COVID-19. En concreto, el RD-ley recoge que los contribuyentes con una facturación de hasta 600.000 euros tendrán de plazo hasta el 20 de mayo para presentar las declaraciones de impuestos correspondientes al mes de abril (IVA trimestral y los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y del IRPF).
En el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo. Así, con independencia del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Eso incluye también las declaraciones presentadas antes del día de hoy (ultimo día para hacerlo)
Según el Gobierno, esta medida beneficiará a 3,4 millones de contribuyentes, que representan el 95% de empresas y autónomos que deben presentar su declaración tributaria en abril y en la práctica,supone una liquidez de 3.558 millones para pymes y autónomos.
Además, esta medida pretende dar un mayor margen a los gestor@s y asesor@s fiscales para recopilar la información necesaria para cumplir con las obligaciones fiscales de sus clientes en un momento de gran dificultad por los efectos de la emergencia sanitaria.