Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos trabajadores autónomos que hayan causado alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y 31 de diciembre de 2018, y reúnan los requisitos siguientes:
1. Estar acogido o haber estado acogido a los beneficios de cotización a la Seguridad Social por la base mínima de cotización previstos en los artículos 31.1, párrafo primero, 32.1, párrafo primero o 38.bis, párrafo primero, de la Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo.
2. Estar en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, desde que se obtiene alguno de los beneficios del apartado anterior, hasta el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.
3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
4. Desarrollar la actividad y tener el domicilio fiscal en el Principado de Asturias