La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, en su disposición final sexta, establece que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la actualidad, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, se realizará periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia .
n su virtud, dispongo que la renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2016 en la cuantía de 28.396,56 euros. La presente orden tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2016