Según lo publicado, para el ejercicio 2015 los índices de rendimiento neto aplicables serán los que aprueba dicha Orden, a modo de resumen: para todas las Comunidades Autónomas y todas las provincias la actividad y su Indice de rendimiento neto es:
- Apicultura: 0,18
- Bovino de leche: 0,16
- Bovino de carne extensivo: 0,09
- Bovino de cría extensivo: 0,18
- Cunicultura: 0,07
- Frutos cítricos: 0,22
- Productos del Olivo: 0,22
- Tomate: 0,22
En lo referente a la aplicación de la reducción del índice corrector por piensos adquiridos a terceros queda fijado, para el período impositivo 2015, con carácter general, en el 0,65 (anteriormente 0,75). Cuando se trate de actividades ganaderas de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura, este índice será el 0,75 (anteriormente 0,95)Para determinados municipios se han aprobado otros índices especiales que se pueden consultar en dicha Orden. Para la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias no se han aprobado otros índices distintos de los anteriores.