NOTA INFORMATIVA SOBRE LA TRAMITACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN PARCIAL DEL IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS PARA AGRICULTOR@S Y GANADER@S

A raíz de las solicitudes presentadas durante el año 2017 (relativas a los suministros efectuados durante el ejercicio 2016, principalmente), la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de Oviedo (mismo criterio seguido por la Oficina de Gijón en la actualidad) inició sendos Procedimientos de Comprobación Limitada (aún en tramitación) de los que resultan los siguientes aspectos fundamentales y que es preciso tener en cuenta cara a la presentación de nuevas Solicitudes de Devolución:

1.- Medios utilizados: En la solicitud deben incluirse TODOS los medios en los que se hubiera utilizado el gasóleo agrícola durante el periodo al que se refiere la misma. Muy importante:

  • Los Medios utilizados tienen que ser titularidad del solicitante. Caso de no ser así, se precisa un documento firmado por el titular acreditando que el vehículo está a disposición del solicitante
  • En caso de fallecimiento del titular: Certificado de últimas voluntades, Testamento o declaración de herederos, Impuesto de Sucesiones donde esté incluida la máquina, etc..
  • Si el vehículo circula por la vía pública, debe contar con seguro e ITV en vigor

2.- FORMA DE SUMINISTRO:

  1. Si el suministro se realiza en la propia explotación: La normativa reguladora del Sector de Hidrocarburos establece los requisitos del suministro del gasóleo a domicilio y exige: Depósito homologado e inscrito en el Registro de Industria del Principado de Asturias y cumplimiento de exigencias relativas a revisiones periódicas y medidas de seguridad aplicables en cada caso (normativa de prevención de riesgos laborales, de extinción de incendios, etc..).

Por tanto, No está permitido:

  • El suministro directamente a los tanques de los tractores/maquinaria ni en otros dispositivos sin autorización.
  • El repostaje y, por tanto, facturación de una cantidad superior a la capacidad del depósito/tanque autorizado.
  1. Si es en surtidor:
  • Directamente al depósito de la maquinaria o en garrafas homologadas.
  • Cuidado con el transporte en garrafas homologadas porque puede necesitar requisitos adicionales como albarán de circulación y cumplir normativa de transporte de mercancías peligrosas.
  • Pago con Tarjeta gasóleo bonificado a nombre del titular de la explotación y solicitante de la devolución y a la cuenta bancaria del mismo o Cheque-gasóleo (no vale cualquier talón bancario).

3.- Documentación: Es preciso disponer de las Documentos de Acompañamiento/Notas de entrega correspondientes a las facturas incluidas en la Solicitud. Por tanto, se recomienda archivar junto con cada factura ese documento de acompañamiento/nota de entrega.

4.- Acreditación del uso del Gasóleo Agrícola: Desde Hacienda insisten en recordar que solo se puede solicitar por el gasóleo bonificado que efectivamente haya sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que, además, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda.

Por tanto, en la solicitud hay que descontar el gasóleo utilizado en otras actividades o como combustible para calefacción.

Para más Información, se ruega contactar con Luis Fernández a través de:

985 26 90 79

689 35 85 35

luis.fernandez@aseagro.com