Modificaciones en el sistema de gestión de cuota láctea

El Real Decreto 1504/2012 amplia el plazo tanto de la renuncia a la cesión de uso de la reserva nacional como para la emisión de las resoluciones de retirada por el órgano competente de la comunidad autónoma.

Así, las novedades que introduce son:

1. Renuncia a la cesión de uso de la reserva nacional:

  • Antes, el plazo de renuncia era del 1 al 30 de julio para el periodo 2011/2012 y entre el 1 y 30 de abril para los siguientes periodos.
  •  Ahora, el plazo de renuncia se establece: entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de cada periodo.

2. Emisión de las resoluciones de retirada por el órgano competente de la comunidad autónoma mediante las cuales se comunica al productor la retirada parcial o total de la cuota láctea: Hasta ese momento, el plazo finalizaba el 30 de septiembre. Con la nueva norma, ese plazo se amplia al 30 de noviembre.

Para más información, puede consultar el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/20/pdfs/BOE-A-2012-14244.pdf