Los beneficiarios/as de estas ayudas serán autónomos/as, comunidades de bienes, empresas cualquiera que sea su forma jurídica y las unidades económicas carentes de personalidad jurídica y entidades sin ánimo de lucro no dependientes o vinculadas a administraciones públicas, ni a organismos y entes públicos, ni a empresas públicas o fundaciones del sector público, cuyos centros de trabajo estén radicados en el Principado de Asturias y que contraten a desempleados/as de Castrillón que lleven empadronados en el municipio con una antigüedad mínima de un año, en el momento de la presentación de la solicitud de subvención, con contratos con una duración mínima de tres meses y que no incurran en ninguna de las cláusulas de exclusión.
regular la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, tanto de duración indefinida (admitiéndose conversiones de contratos temporales en indefinidos), con una duración mínima de tres meses (para los contratos temporales), formalizados y cumplido el período de los tres meses, entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de septiembre de 2018, en los centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias de personas desempleadas que lleven empadronadas en el municipio de Castrillón con una antigüedad mínima de un año, en el momento de la presentación de la solicitud de subvención. El empadronamiento en el municipio de Castrillón será comprobado de oficio.
Por lo tanto a efectos de estas bases, se consideran subvencionables las siguientes contrataciones, siempre que cumplan con los requisitos en ellas previstas:
a) Indefinidas
b) Conversión de contratos temporales/de duración determinada en indefinido.
c) Contrataciones temporales/duración determinada.
Plazo de presentación:
Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación exigida, se podrán formular desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el BOPA hasta 30 de septiembre de 2018