Ayudas a los perceptores de prestación por desempleo en su modalidad de pago único

Beneficiarios.
Trabajadores a los que el Servicio público de empleo estatal les haya reconocido el derecho a percibir la totalidad de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único y cumplan los demás requisitos establecidos en las Normas reguladoras de estas subvenciones.

Objeto.
Concesión de ayudas para el abono de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores a los que se les haya reconocido el derecho a percibir en su totalidad la prestación por desempleo en su modalidad de pago único dentro del período comprendido entre el 1/09/2016 y el 31/07/2017.

Cuantía.
— Las personas que se acojan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social se beneficiarán de una ayuda equivalente al 50% de la cuota calculada sobre la base mínima de cotización.
— Las personas que se acojan al Régimen General de la Seguridad Social se beneficiarán de una ayuda equivalente al 100% de su aportación a las cotizaciones a dicho régimen.
Las bonificaciones se otorgarán durante los meses por los que se solicita la ayuda siempre que estén dentro del período establecido en la convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo  se desarrolla hasta el 31 de agosto de 2017