AYUDAS A LA CONCILIACIÓN HIJOS/AS MENORES 12 AÑOS

📌 Objeto:
Esta convocatoria tiene por objeto la regulación, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a las familias con niños y niñas de hasta doce años de edad inclusive, para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar con motivo de la situación ocasionada por el COVID-19, con la finalidad de apoyar a las familias trabajadoras para compensar los gastos en que hayan incurrido o vayan a incurrir en el año 2021, por la contratación de la prestación de servicios de cuidado de menores con el fin de conciliar la actividad laboral por cuenta propia y ajena y el
cuidado de niñas y niños de hasta doce años inclusive a su cargo.

Las personas beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en situación de alta en la Seguridad Social como trabajador/a por cuenta ajena o en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a la fecha de la solicitud.
b) Tener unos ingresos anuales declarados por unidad familiar iguales o inferiores a 40.000 euros, conforme al último ejercicio completo de la renta de las personas físicas, de acuerdo con la información de que disponga la Agencia Estatal Tributaria y que sea susceptible de ser cedida al Principado de Asturias. A estos efectos se considerarán ingresos anuales, la suma de las bases imponibles general y del ahorro de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
c) Tener su residencia efectiva en el Principado de Asturias, estando empadronada/as con anterioridad al 1 de enero de 2021 y continuando al tiempo de la solicitud.
d) Incurrir en un gasto subvencionable acreditable al margen de la red pública de recursos desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria comenzará a contar desde lunes 19 de Julio hasta el 15 de septiembre inclusive

Cuantía de las ayudas.

✅1. La cuantía de la subvención a percibir por las familias beneficiarias será de un máximo de 300 euros.
✅2. El importe solicitado no podrá exceder del máximo señalado en el apartado anterior ni ser superior al gasto subvencionable presupuestado que se señale en la solicitud.