Una sentencia del supremo abre las puertas a que los dueños de terrenos urbanizables que no tengan el plan parcial de ordenación aprobado puedan reclamar el recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
Muchos propietarios de estos terrenos están pagando el IBI por ese suelo como urbano, cuando, en realidad, según esta Sentencia debería hacerlo como rustico mientras no se aprueben los planes parciales de ordenación. La diferencia entre tributar como suelo urbano a hacerlo como rústico es sustancial, se pasaría a pagar menos de la mitad
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