La Resolución de 27 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo, aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la modernización del pequeño y mediano comercio. (BOPA de 8 de abril de 2013)
Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de PYMES comerciales, que realicen su actividad en establecimientos comerciales ubicados en Asturias y que, con carácter general, cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Resolución de 27 de marzo de 2013. Además, en las normas específicas de cada línea de subvención se detallarán los requisitos específicos aplicables en cada caso.
Inversiones subvencionables: Requisitos generales:
a. Que se realicen en establecimientos comerciales minoristas ubicados en Asturias, concretamente en:
a.1. Áreas comerciales o centros comerciales abiertos, entendiendo como tales aquellas calles o zonas comerciales ubicados en los cascos urbanos.
a.2. Galerías, centros comerciales integrados y mercados minoristas municipales.
a.3. Núcleos rurales.
Quedan expresamente excluidos los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales, parques empresariales o zonas similares.
b. Que cumplan los requisitos específicos establecidos para cada línea de actuación.
c. No se podrán subvencionar actuaciones cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquirente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse autofacturación.
d. El IVA no se considerará como gasto subvencionable en ningún caso.
e. No se admiten facturas justificativas inferiores a 50 €.
f. Serán subvencionables los gastos que indubitativamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Además, deberán haberse realizado y abonado de forma efectiva con anterioridad a la finalización del plazo de actuación establecido en la resolución de convocatoria.
Las Líneas de Ayudas son:
1. Ayudas a la renovación de la imagen del establecimiento comercial:
Objeto: La realización de proyectos de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas sustanciales y adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización en la actividad comercial.
Inversiones subvencionables:
– Ser proyectos de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas sustanciales y la adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización en la actividad comercial.
– El establecimiento comercial objeto de la inversión no podrá superar los 600 m² de superficie comercial destinada a exposición y venta al público. Este requisito queda exonerado en el caso de que el beneficiario sea una de las cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación (SAT´s) y cooperativas de comercio siempre que estén implantadas en núcleos rurales y su actividad comercial esté destinada fundamentalmente al abastecimiento de productos de primera necesidad.
– En todo caso, la inversión subvencionable habrá de superar 6.000 euros, IVAexcluido.
– La adquisición de activos mediante financiación por leasing no será subvencionable
Gastos subvencionables:
a. Elaboración del Proyecto Técnico y Dirección de obra visado por el Colegio Oficial correspondiente.
b. Obras de adecuación interior y exterior de los locales comerciales que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o a la mejora de la imagen del local. Sólo se tendrán en cuenta las cantidades que figuren en la licencia de obras e instalaciones correspondiente.
c. Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso de las personas con movilidad reducida. Sólo se tendrán en cuenta las cantidades que figuren en la licencia de obras e instalaciones correspondiente.
d. Rótulos, toldos y marquesinas comerciales.
e. Mobiliario destinado a la presentación de los productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros, etc.
f. Mobiliario (incluidas las cámaras frigoríficas) destinado al almacenamiento de los productos.
g. Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros.
Requisitos específicos de los beneficiarios:
– Que, a fecha de la solicitud de subvención, la actividad desarrollada en el establecimiento objeto de subvención, debe estar incluida dentro de las agrupaciones correspondientes a las clasificaciones del IAE especificadas en la Resolución.
– El titular de la actividad, debe tener 3 años de antigüedad en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable desarrollada en el territorio del Principado de Asturias. Dicha antigüedad debe estar comprendida dentro de los últimos diez años anteriores a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la solicitud de subvención.
– Las cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación (SAT´s) y cooperativas de comercio siempre que estén implantadas en núcleos rurales y su actividad comercial esté destinada fundamentalmente al abastecimiento de productos de primera necesidad. En estos casos, se exonera el cumplimiento de los requisitos anteriores.
2. Ayudas a la incorporación de nuevas tecnologías e innovación:
Objeto: La incorporación de aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web.
Inversiones subvencionables:
Adquisición de aplicaciones informáticas de gestión así como la creación e implantación de páginas web destinadas al comercio electrónico.
En el caso de desarrollarse en el mismo establecimiento distintas actividades, únicamente se considerarán subvencionables aquellas directamente vinculadas a la actividad comercial apoyable.
El gasto mínimo por estos conceptos habrá de superar los 600 euros, IVA excluido.
Se tendrá en cuenta la adecuación entre la inversión realizada y las necesidades reales del negocio.
Conceptos incluidos:
Aplicaciones y programas comerciales destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial, debiéndose aportar en este caso descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad desarrollada.
Los gastos de desarrollo e implantación de una página Web cuyos contenidos versen exclusivamente sobre la actividad comercial desarrollada en el Principado de Asturias y siempre que se ajuste a las especificaciones que se señalan en la norma.
3. Ayudas para la implantación y mantenimiento de la norma UNE175.001-Calidad de servicio para pequeño comercio
Objeto: La implantación, certificación y mantenimiento de sistemas de calidad en el comercio (norma UNE 175.001) en las pequeñas y medianas empresas del Principado de Asturias.