PLAN «PIMA TIERRA». AYUDAS ACHATARRAMIENTO TRACTORES

Publicado el Real Decreto 147/2014, de 7 de marzo, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente para la renovación de tractores agrícolas «PIMA Tierra».

Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Impulso al Medio Ambiente, una estrategia puesta en marcha por el Ministerio para reducir las emisiones contaminantes, principalmente partículas y emisiones de CO2. Con ello se contribuye al cumplimiento de los compromisos establecidos en la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la calidad del aire, cuyo fin es conseguir una atmósfera más limpia en Europa en el Horizonte 2020

Objeto:

* Tractores agrícolas y forestales, inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) y por tanto, dedicados a su uso en actividad agraria.

* Achatarramiento de tractores con antigüedad mayor de 15 años (es decir, cuya primera inscripción en el ROMA sea anterior al 1 de enero de 1999) y  su sustitución por tractores nuevos

Beneficiarios:

a) Las personas físicas, titulares de una explotación agraria.

b) Las personas físicas que estén cotizando en el régimen de Seguridad Social de Autónomos. En el caso de los profesionales autónomos, habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, en actividades agrarias.

c) Las empresas privadas con personalidad jurídica propia y con su correspondiente Número de Identificación Fiscal, dedicadas a la actividad agraria.

d) Las cooperativas agrarias, cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, cooperativas de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)

En todos los casos, el beneficiario deberá ser titular del tractor nuevo y del tractor a achatarrar.

Requisitos y compromisos de los beneficiarios:

a) No enajenar el nuevo tractor durante un periodo de cinco años, contados a partir de su inscripción en el ROMA. En caso de incumplimiento, el beneficiario deberá reintegrar el importe de la ayuda obtenida y los intereses correspondientes, salvo que la Administración otorgue autorización.

b) No tener la consideración de empresa en crisis.

c) Acreditar o, en su caso, aportar declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, conforme a la normativa vigente.

d) No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pública, en los últimos cinco años.

Requisitos del tractor achatarrado:

a) Tener una fecha de primera inscripción como alta en el ROMA anterior al 1 de enero de 1999.

b) Estar inscritos en el ROMA durante el último año bajo la titularidad del solicitante de la ayuda, salvo en los casos de transmisión o cambio de titularidad de la explotación, fallecimiento, invalidez permanente o jubilación de su anterior titular, o en los casos de primera incorporación de jóvenes a la titularidad o cotitularidad de la explotación agraria.

c) Estar en condiciones de uso y no de abandono con la ficha de inspección técnica de vehículos (ITV) en vigor, o con una inspección cuyo único defecto sea «estructura de protección no homologada».

d) Ser entregados a un centro autorizado de tratamiento.

e) Causar baja definitiva en el ROMA, con una anotación en que se haga constar que su titular se ha acogido a esta línea de ayudas. Asimismo, deberá causar baja definitiva en el Registro de vehículos, si estuviera inscrito en él.

Requisitos del nuevo tractor:

a) Ser adquirido en fecha posterior a la de solicitud de la ayuda.

b) Cumplir, en el momento de su homologación de tipo con la fase IIIA, IIIB o IV de emisiones, de acuerdo con lo estipulado en la Directiva 2000/25/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2000, relativa a las medidas que deben adoptarse contra las emisiones de gases contaminantes.

c) Quedar inscrito, con motivo de alta de máquina nueva, en el ROMA.

Cuantía base de la ayuda: 70 euros por caballo de vapor (CV). Se podrá incrementar atendiendo a la clasificación según la eficiencia energética del nuevo tractor, de acuerdo con la metodología desarrollada por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE) y la Estación de Mecánica Agrícola, a iniciativa del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con los importes siguientes:

a) Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 2.000 euros.

b) Por clasificación en la segunda categoría más alta (B): 1.000 euros.

Para obtener esta subvención, el solicitante podrá achatarrar más de un tractor, y adquirir un único tractor nuevo. La cuantía base de esta ayuda no sobrepasará 7.000 euros por beneficiario y la cuantía total de la ayuda no sobrepasará los 9.000 euros por beneficiario.

Procedimiento de gestión de las ayudas.

* Los interesados en las ayudas podrán conocer el listado actualizado y ubicación de los puntos de venta adheridos al Plan «PIMA Tierra», así como los vehículos susceptibles de ayudas, en el link alojado en la página Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

* Las solicitudes de las ayudas se canalizarán necesariamente a través de los puntos de venta de tractores previamente adheridos al PIMA.

Ver Nota  de  Prensa  del  Ministerio  de  Agricultura,  Alimentación  y Medio  Ambiente:  http://www.magrama.gob.es/es/prensa/14.03.07%20CM%20Plan%20PIMA%20TIERRA%20ok_tcm7-319245_noticia.pdf

Ver Texto del Real Decreto 147/2014: http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/08/pdfs/BOE-A-2014-2491.pdf