Se publican en el BOE la convalidación de los Decretos Leyes aprobados por el Gobierno en sus Consejos de Ministros del mes de marzo y que tanta importancia tienen como por ejemplo: control horario de la jornada a partir 12 de mayo, bonificaciones trabajadores cuenta ajena agrarios, etc… y, sobre todo, obligatoriedad de Plan de Igualdad para empresas de más de 50 trabajadores (3 años para ello), 100 trabajadores (2 años) y 150 trabajadores (1 año).
Igualdad de trato y de oportunidades
En el BOE de 10 de abril de 2019 se publica la Resolución de 3 de abril de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Convalidación del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En el BOE de 7 de marzo de 2019 se publicaba el citado Real Decreto que, entre otras, introduce las siguientes MEDIDAS:
- Amplía, de forma gradual hasta el 2021, los permisos por nacimiento y cuidado del menor para equiparar progresivamente a ambos progenitores. Para el progenitor distinto a la madre biológica se prevé la ampliación a 16 semanas en 2021
- En relación a los planes de igualdad en las empresas, establece un plazo de:
- 3 años para que las empresas de más de
50 trabajadores elaboren y apliquen un plan de Igualdad,
- 2 años para las de 100 a 150 y
- 1 año para las de 150 a 250.
Por otro lado, las empresas están obligadas a inscribir dicho plan en el Registro de planes de igualdad de las empresas, que se desarrollará reglamentariamente.
- Introduce así en nuestro ordenamiento el concepto de ‘trabajo de igual valor’, es decir, cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes. El Real Decreto-ley establece que la empresa llevará un registro con los valores de los salarios, al que podrán acceder los trabajadores a través de su representación sindical o del delegado de personal
Jornada de trabajo
En el BOE de 10 de abril de 2019 se publica la Resolución de 3 de abril de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Convalidación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
Este RD, publicado en el BOE de 12 de marzo de 2019, estableció, entre otras, las siguientes medidas:
- Los trabajadores agrarios por cuenta ajena que en 2018 realizaron un máximo de 55 jornadas reales se les aplicará una reducción del 14,6% en sus cuotas en los periodos de inactividad. La medida tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero.
- Plan para impulsar que las empresas conviertan en indefinidos o en contratos fijo-discontinuos los contratos temporales de los trabajadores agrarios por cuenta ajena. En estos casos, se va a bonificar la cuota empresarial por contingencias comunes durante 2 años. La cuantía de esa bonificación puede llegar hasta los 40 euros/mes por trabajadores encuadrados en el grupo 1 que cobren menos de 1.800 euros y trabajen todo el mes. En el caso de las mujeres, la bonificación será mayor, de hasta 53,33 euros al mes.
- Bonificación para las empresas que contraten a personas que lleven desempleadas más de 1 año, siempre que el empleo se mantenga al menos 3 años. La bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social se mantendrá durante 3 años y ascenderá a 108,33 euros/mes, 125 euros/mes cuando el contrato se haga a una mujer.
- Incremento de la cuantía mínima de la pensión de Incapacidad Permanente Total para menores de 60 años, que se sitúa en 6.991,60 euros si es con cónyuge a cargo y unidad económica unipersonal, y 6.930 € para las personas con cónyuge no a cargo. Este aumento tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2019.
Los parados mayores de 52 años podrán acceder al subsidio por desempleo. Esta prestación podrá percibirse hasta que se cumpla la edad ordinaria de jubilación, y no hasta el momento en que se pueda acceder a cualquier modalidad de pensión contributiva de jubilación, como ocurría hasta el momento. Asimismo, se deja de tener en consideración la renta familiar para el acceso al subsidio; se incrementa la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación del 100% al 125% durante la percepción del subsidio, y se eliminan los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo a tiempo parcial.
- Modifica el Estatuto de los Trabajadores para establecer la obligatoriedad de registrar el inicio y la finalización de la jornada laboral y se posibilita el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. De manera complementaria, se modifica el texto de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), para tipificar como infracciones en el Orden Social las derivadas de incumplimientos relativos al registro de jornada. Este Registro será exigible a partir del 12 de mayo de 2019
Vivienda y alquiler
En el BOE de 10 de abril de 2019 se publica la Resolución de 3 de abril de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Convalidación del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
- Se amplía la prórroga obligatoria del contrato de alquiler de 3 a 5 años, si el arrendador es persona física, o a siete años, si es persona jurídica.
- Se mandata al Gobierno a impulsar la oferta de viviendas en alquiler asequible mediante medidas para favorecer la información y la transparencia en el mercado del alquiler, así como las políticas de vivienda o fiscales.
- Mejora la coordinación con los servicios sociales para proteger al desahuciado en los supuestos de vulnerabilidad además de que se implementa y agiliza el procedimiento.