LLEGA LA DIRECTIVA “WHISTLEBLOWING”

OBLIGACIÓN PARA LAS EMPRESAS DE ESTABLECER CAUCES INTERNOS DE DENUNCIA

La directiva 2019/1937 impone la obligación de implementar procedimientos internos de denuncia de conductas irregulares e infracciones para las entidades, tanto públicas como privadas que tengan más de 50 trabajadores. En vigor desde el 17 de diciembre, tiene un plazo de transposición de dos años, hasta 2021.

Ante la nueva Directiva las empresas deben tomar conciencia de la conveniencia de implementar un Sistema integral de Gestión de compliance que incluya, junto a otros elementos, un canal de denuncias interno. De esta manera podrán disponer de un sistema idóneo y eficaz con capacidad de prevención, detección de riesgos y reacción (corrección y mejora continua) ante su materialización.

Gracias a estos sistemas, las empresas, no solo cuentan con un instrumento de defensa para administradores, directivos, empleados y la propia persona jurídica frente a
posibles responsabilidades, sino también de una herramienta esencial para acreditar la existencia de una real cultura corporativa ética y de compromiso con el cumplimiento normativo.

A continuación, se reflejan los elementos esenciales que la Directiva establece para los canales de denuncia, orientados a la protección del denunciante:

Los canales de whistleblowing deben permitir la posibilidad de formular denuncias tanto por escrito como verbalmente, así como por vía telefónica u otros sistemas de mensajería de voz y, también de manera presencial si así lo solicita el denunciante.
 Deben garantizar la confidencialidad del denunciante.
 Obligación de acusar recibo de la denuncia en un plazo máximo de 7 días;
 Designación de una persona o servicio imparcial que sea competente para tramitar las denuncias.
 Tramitación diligente de todas las denuncias incluidas las anónimas, cuando sean aceptables por el derecho nacional;
 Plazo máximo de 3 meses para dar respuesta al denunciante.
 Los canales deberán ser negociados con la representación legal de los trabajadores cuando así lo establezca la normativa nacional.

Parece claro que tener un canal de denuncias supone no sólo una obligación normativa, sino también una nueva oportunidad de crecimiento en la transparencia y seguridad de las empresas.