AYUDA EXCEPCIONAL DE ADAPTACIÓN PARA EL SECTOR DE VACUNO DE LECHE

La ayuda forma parte del paquete de medidas puestas en marcha desde Bruselas, en julio del año pasado, para paliar la crisis sufrida por los ganaderos de vacuno de leche

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regulará una ayuda excepcional de adaptación, destinada a compensar las dificultades económicas que afrontan los ganaderos de vacuno lechero, como consecuencia del desequilibrio del mercado mundial en el sector de la leche y los productos lácteos.

La ayuda forma parte del último paquete de medidas puestas en marcha por la Comisión Europea en julio de 2016, a la cual se han destinado un total de 350 millones de euros para el conjunto de la Unión Europea de los que han correspondido a España algo más de 14,6 millones de euros.

En España se ha articulado la ayuda en dos medidas independientes entre sí, que pueden ser complementarias para los beneficiarios que cumplan todos los requisitos de ambas. Para ello se han dividido los fondos, asignando el 80 por 100 del total a la medida dirigida a la contención de la producción (11.732.543 euros) y el 20 por 100 al apoyo a proyectos de cooperación (2.933.135 euros) en el sector.

Requisitos de acceso

Para acceder a la primera medida, las explotaciones no deben haber aumentado su censo de vacas lecheras entre 2015 y 2016. Se exceptúan de dicho requisito aquellas explotaciones cuyo número de animales sea igual o inferior a 75, y aquellas explotaciones localizadas en zonas de montaña o insulares.

Para ser beneficiarios de esta ayuda los productores se comprometen a no incrementar, durante 2017, el censo de vacas lecheras respecto a 2016. La ayuda se concederá por animal elegible, hasta un máximo de 75 animales por cada beneficiario.

La segunda medida tiene en cuenta el esfuerzo de los productores en el objetivo de mejorar la organización del sector y reforzar la posición del productor en la cadena de valor, mediante su integración en una Organización de Productores del «paquete lácteo» o en una entidad asociativa prioritaria. Para ser beneficiarios de esta ayuda los productores deberán, además, mantenerse integrados en la correspondiente organización durante 2017.

Para facilitar la gestión y agilizar el cobro de las ayudas, éstas deben solicitarse a través de la solicitud única establecida en el Real Decreto del 19 de diciembre de 2014. La fecha límite para el pago de la ayuda es el 30 de septiembre de 2017.